Contrato de Formación y Aprendizaje las empresas pueden beneficiarse ahora de todas las ventajas que acompañan a esta modalidad de Contrato, destinado a incentivar la contratación de jóvenes con edades comprendidas entre 16 y 30 años y por los que no se pagará seguridad social.
El contrato debe tener una duración mínima de un año y se extenderá como máximo a tres años. Se desarrollará en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en una empresa con actividad formativa, dentro del marco del sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo.
Una empresa podrá realizar tantas contrataciones en esta modalidad como estime oportuno, ya que no existe limitación en el número de Contratos de Formación y Aprendizaje. El trabajador tendrá derecho a percibir la prestación de desempleo al finalizar el contrato.
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