Gracias al certificado de eficiencia energética, los usuarios tendremos información clara acerca de nuestro edificio, incluyendo recomendaciones para poderlo mejorar. Se trata de que entre todos podamos contribuir al ahorro de energía consumida (iluminación, agua caliente, ventilación, calefacción o refrigeración).
Desde el 1 de junio de 2013 se hace obligatorio contar con este certificado en los casos de compra y alquiler; práctica que ya se puso en marcha en el 2007 en los edificios de nueva construcción. Este certificado tendrá una vigencia de 10 años.
La etiqueta del edificio, que deberá aparecer en todos los anuncios o promociones dirigidas a la venta o alquiler de cualquier inmueble, se clasificará con un código de color y una letra (del verde al rojo y de la A a la G), según su consumo energético; siendo la A la calificación de mayor ahorro y la G, la de mayor gasto.
Los determinantes que condicionarán la calificación de una vivienda serán los materiales de la fachada y su orientación, la envolvente de la vivienda (techo, paredes y suelo), la calidad de ventanas y persianas, el tipo de calefacción y su combustible, y el tipo de electrodomésticos.
Estos certificados sólo podrán expedirlo arquitectos e ingenieros. Además del estudio para obtener dicho informe, cada vivienda recibirá recomendaciones que permitirán mejorar el nivel de la escala de eficiencia energética.
Lo que se pretende es que, entre todos, podamos contribuir al ahorro energético. Pues, con esta medida, se promoverán los edificios con mayor eficiencia energética. Y, los que sean «menos eficientes», recibirán indicaciones para que, en un futuro, sean más competentes.
Este procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios se publicó en el BOE el pasado 13 de abril con el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril.
En Oficad Ingeniería podremos solventar cualquier duda que se le plantee al usuario sobre este asunto. Contamos además con un equipo especializado para certificar el informe.